Requisitos

Para prestar los servicios que ofrece la Fundación Reverdeser, se estableció el siguiente procedimiento administrativo: Vinculación: Por medio de contrato de prestación de servicio de alojamiento de adulto mayor con cuidados básicos, cuto objeto es: “El servicio de ALOJAMIENTO CON CUIDADOS BÁSICOS, tendrá los siguientes alcances:

a) ALOJAMIENTO: La FUNDACION alojará AL PACIENTE en una habitación individual o compartida, en cama sencilla e individual, con colchón o colchoneta impermeabilizada; almohadas, fundas y tendidos de propiedad de la FUNDACION. Dicha habitación cuenta con pisos en baldosín, ventanas funcionales, cortinas, puertas con sus respectiva chapa y llave; y muebles accesorios como mesa de noche y/o clóset; adicionalmente dispondrá de servicios sanitarios básicos como ducha y servicio de baño adaptado para ser utilizado por personas de la tercera edad y con ducha con agua caliente.

b) SERVICIO DE ALIMENTACION: La FUNDACION proveerá AL PACIENTE de servicios de alimentación DIRECTORA consistente en desayuno, refrigerio, almuerzo, segundo refrigerio, comida o cena; los alimentos que se sirvan corresponderán al menú básico y balanceado para este tipo de personas, salvo que EL PACIENTE tenga alguna restricción alimentaria debidamente formulada por médico o nutricionista de la respectiva EPS o particular.

c) SERVICIO DE CUIDADO BASICO DE ENFERMERIA: La FUNDACION prestará AL PACIENTE cuidados básicos de ENFERMERIA las 24 horas del día, 7 días a la semana, por personal debidamente calificado para este propósito; este servicio comprende: acompañamiento en sus desplazamientos dentro de las instalaciones de la FUNDACION o fuera de ésta, cuando se requiera por citas médicas o por actividades lúdicas, culturales o recreativas que la FUNDACION programe; el suministro de medicamentos (debidamente formulados por personal médico) ya sean por vía oral, intramuscular o intravenosa; la aplicación de tratamientos prescritos por personal médico; terapias básicas; curaciones, cambio de vendajes, cambio de pañales (si el paciente lo requiere) y en general todo tipo de labor de enfermería que propenda por el mejoramiento de la salud física y bienestar general del paciente; teniendo en cuenta los principios básicos de profesionalismo, ética, responsabilidad, respeto, trato digno y acorde con las necesidades DEL PACIENTE.

VALOR

El valor de los servicios mensuales será de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.200.000,00), que cubre, además de los mencionados anteriormente, el servicio de lavandería, cuidados básicos de higiene y presentación personal, seguimiento y control de salud física, terapias, control de signos básicos, actividades lúdicas, religiosas y de esparcimiento. La forma de pago, es por mes anticipado, ya sea por pago en efectivo o por consignación en la cuenta de la Fundación en Davivienda.

Documentos

El paciente o sus familiares deben allegar la siguiente documentación: documento de identidad del paciente (en fotocopia), documentos originales del carnet de la EPS, fórmulas médicas, originales o en fotocopia nítida y legible, copia de la historia clínica o de las terapias, dietas, restricciones alimentarias y en general todo documento médico que permita tener certeza del estado de salud del paciente y los tratamientos médicos que requiere. Fotocopia de la cédula del familiar acudiente.

Dotaciones

Todo paciente al momento del ingreso traer: A) Ropa: apropiada para clima templado (mínimo 5 mudas, que incluye ropa interior y exterior), calzado deportivo o crocs, sandalias o chancletas, o si utiliza algún tipo de calzado ortopédico; b) en caso de que el paciente requiera pañales, éstos serán aportados por el paciente, si no fuesen suficientes, la Fundación procederá a proveerlos y trasladar dicho valor a la mensualidad; c) Elementos de aseo personal: jabón para baño, champú, crema dental, cepillo para el cabello o peinilla, cepillo de dientes, mas aquellos que el paciente esté acostumbrado a usar o requiera por prescripción DIRECTORA médica. D) Medicinas prescritas para 30 días. E) Documentos originales de la EPS, fotocopia del documento de identidad.

Visitas

En forma general no hay restricción de visitas, pero se les sugiere a los familiares del paciente por lo menos una visita mensual, en la cual pueden departir con el paciente dentro o fuera de la Fundación. Para tener un control, al ingreso del paciente, el Acudiente (persona responsable de las obligaciones contractuales) suministrará una lista de personas que pueden visitar al paciente y los privilegios que tengan (solo visita en el Fundación, salir de la Fundación, etc).